El Senado dio luz verde a la ley que regulará los jardines maternales privados en Mendoza
La normativa establece un marco de control pedagógico y administrativo para las instituciones que brindan servicios educativo-asistenciales a niños desde los 45 días de vida.
17 abril, 2026
El Senado de Mendoza convirtió en ley el proyecto que buscaba establecer un marco normativo para la regulación y supervisión de los jardines maternales de gestión privada en la provincia.
La propuesta fue avalada por los legisladores con una amplia mayoría de 24 votos positivos frente a 7 negativos y una abstención, logrando así su sanción definitiva. Tras este debate en segunda revisión, el texto pasó al Poder Ejecutivo para su correspondiente promulgación y puesta en vigencia.
La nueva legislación definió con precisión el alcance de estas entidades, señalando que se considerarán jardines maternales de gestión privada a aquellas instituciones “de carácter educativo-asistencial que tengan como fin la atención integral de niños y niñas desde los cuarenta y cinco días hasta los tres años inclusive”. Esta categoría incluyó a espacios gestionados por cooperativas, gremios, universidades y organizaciones sociales que, hasta el momento, no se encontraban incorporadas a la enseñanza oficial.
Respecto a la autoridad de aplicación, la ley dispuso que la Dirección General de Escuelas (DGE) será la encargada de la inspección y la supervisión pedagógica de los establecimientos. El texto aclaró que la potestad técnica quedará en manos de la DGE, “en tanto que el control administrativo y comercial será ejercido por la autoridad municipal o provincial competente”, delimitando así las responsabilidades entre el ámbito educativo y el de las habilitaciones comerciales.
Un punto central de la norma fue la creación del Registro Único de Jardines Maternales de Gestión Privada de la Provincia de Mendoza. La inscripción en este padrón se configuró como una “condición previa e ineludible al inicio de sus actividades”, lo que obligará a todas las instituciones existentes y por crearse a mantener sus datos actualizados ante el Estado para garantizar la seguridad y calidad del servicio brindado.
Para asegurar la transparencia hacia los padres y la comunidad, la ley determinó que la base de datos de dicho registro “será de consulta pública y gratuita en la página web de la Dirección General de Escuelas”. Esta herramienta permitirá que cualquier ciudadano verifique si el establecimiento al que asisten sus hijos cuenta con los avales correspondientes y cumple con los estándares de supervisión técnica exigidos por la provincia.
Finalmente, la normativa impuso requisitos de visibilidad para los locales físicos, exigiendo que las instituciones inscriptas “deberán colocar en un lugar visible de sus respectivos frentes un letrero con la siguiente información: denominación, nombre de la institución y el número de inscripción”.

