Tirar basura en Mendoza puede costar millones: entró en vigencia la Ley 9.737
19 de octubre de 2026
La Ley 9.737 fue publicada en el Boletín Oficial y modifica el Código Contravencional provincial.
Arrojar basura, escombros o aguas servidas en canales, acequias y espacios públicos de Mendoza puede tener consecuencias económicas y legales más severas. El Gobierno provincial oficializó la Ley 9.737, que endurece las sanciones previstas en el Código Contravencional y obliga a los infractores a hacerse cargo de los gastos que demande la limpieza y reparación de las zonas afectadas.
La norma fue publicada este lunes 19 de octubre en el Boletín Oficial, luego de ser sancionada por la Legislatura el 6 de octubre. La modificación alcanza a particulares, empresas y entidades que arrojen o acumulen residuos en calles, plazas, parques, terrenos, canales y sistemas de drenaje.
Entre las principales medidas, se establecen multas de entre 1.000 y 2.000 Unidades Fijas (UF) para determinadas conductas, lo que representa aproximadamente entre $600.000 y $1.200.000, según los valores de referencia informados durante el tratamiento legislativo.
Las sanciones también pueden incluir arrestos de entre 10 y 20 días y hasta 30 días de trabajo comunitario dedicado a tareas de limpieza. Además, quienes cometan estas infracciones deberán afrontar los costos de remoción, traslado y disposición de los residuos, así como los gastos de reparación que correspondan.
El régimen contempla penalizaciones más elevadas para las personas jurídicas. En esos casos, las multas pueden alcanzar las 10.000 Unidades Fijas, equivalentes a unos $6 millones. La normativa también prevé que las sanciones se dupliquen cuando las faltas se cometan durante alertas meteorológicas o emergencias ambientales declaradas por las autoridades.
La ley modifica el artículo 127 del Código Contravencional y contempla el arrojo o la acumulación de escombros, residuos, malezas, aguas servidas y metales en espacios públicos o privados. También incluye la falta de mantenimiento y limpieza de los frentes de viviendas y terrenos.
Otro punto central está relacionado con la protección de la infraestructura hídrica. Quienes obstaculicen el paso del agua o pongan en riesgo el funcionamiento de canales, acequias y sistemas de drenaje podrán ser sancionados y deberán hacerse cargo del saneamiento de la zona dañada.
En caso de que la infracción sea cometida por un menor de edad, sus padres, madres, tutores o guardadores responderán solidariamente por los gastos de reparación, de acuerdo con las condiciones establecidas por la legislación.
La normativa surgió de la unificación de proyectos presentados por los diputados Franco Ambrosini (UCR) y Gustavo Perret (PJ), junto con una iniciativa de la exlegisladora Cecilia Rodríguez (UCR). Durante el debate también recibió el respaldo del intendente de la Ciudad de Mendoza, Ulpiano Suarez, quien había reclamado sanciones más severas para quienes arrojan residuos en los cauces de agua.
Por último, la ley establece un destino específico para el dinero recaudado a través de estas multas: los fondos se distribuirán anualmente entre los cuarteles de bomberos voluntarios que tengan vigente su certificado de operatividad.


