ATM dio detalles de la Ley Impositiva 2027: qué pasará con Ingresos Brutos, Sellos, Automotor e Inmobiliario
Prevé una nueva rebaja de Sellos, mantiene el esquema de alícuotas de IIBB y actualiza parámetros de cálculo de los impuestos patrimoniales. Siguen los beneficios para cumplidores.
El oficialismo defendió en la Legislatura el proyecto de Ley Impositiva 2027, que propone una nueva reducción del Impuesto de Sellos y mantiene los principales criterios de cálculo de Ingresos Brutos, Automotor e Inmobiliario. El titular de la Administración Tributaria Mendoza (ATM), Alejandro Donati, expuso los lineamientos de la iniciativa, que había sido presentada días atrás, ante la comisión de Hacienda y Presupuesto de la Cámara de Diputados.
La propuesta forma parte del paquete de leyes económicas enviado junto con el Presupuesto 2027 y la Ley de Avalúo. Em base a los fundamentos del proyecto, la Provincia busca continuar con la reducción gradual de la carga tributaria, aunque reconoce limitaciones para profundizar las rebajas en Ingresos Brutos por el bajo crecimiento de los recursos corrientes y las dificultades para reducir el gasto público.
Los cambios más importantes se concentran en el Impuesto de Sellos, mientras que en los tributos patrimoniales habrá actualizaciones de los parámetros utilizados para determinar cuánto debe pagar cada contribuyente. Por eso, la actualización de los valores de referencia no implica necesariamente que todas las boletas vayan a aumentar en la misma proporción.
Impuesto de Sellos: baja la alícuota general y habrá una exención para refinanciaciones
El proyecto establece que la alícuota general del Impuesto de Sellos bajará del 1% al 0,75% en 2027, lo que representa una reducción del 25% respecto del valor vigente en 2026.
La iniciativa mantiene un programa de disminución progresiva que tiene como objetivo llevar la alícuota general a 0% en 2030. Sin embargo, no todas las operaciones tendrán la misma reducción.
Para las operaciones inmobiliarias y la inscripción de vehículos nuevos, el proyecto prevé una disminución de 0,25 puntos porcentuales respecto de las alícuotas vigentes en 2026. Esto equivale a una rebaja de entre el 13% y el 17%, dependiendo de la operación.

La excepción serán las operaciones financieras: la alícuota se mantendrá en el 1,5% durante 2027, sin aplicar la reducción que estaba prevista originalmente. El Ejecutivo fundamentó la decisión en la situación recesiva registrada durante el año y en la posibilidad de postergar el cronograma de rebajas que contemplan las leyes impositivas anteriores.
Como contrapartida, el proyecto incorpora una exención de Sellos para las operaciones de refinanciación de deudas de personas humanas y jurídicas, con el objetivo de facilitar la regularización de pasivos y reducir la morosidad, en línea con la ley aprobada recientemente en la Legislatura.
Ingresos Brutos en Mendoza: cómo se determinará la alícuota de cada contribuyente en 2027
En el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la iniciativa mantiene el esquema de segmentación por facturación y la política de reducción de alícuotas aplicada durante los últimos años.
El proyecto establece tres grupos para distintas actividades económicas, con alícuotas reducidas, generales e incrementadas según el nivel de ingresos del contribuyente.
- Alícuota reducida: para quienes hayan registrado hasta $575 millones de ingresos durante 2026. Según los datos presentados por ATM, este segmento comprende al 89% de los contribuyentes locales.
- Alícuota general: para quienes hayan facturado más de $575 millones y hasta $5.750 millones. Representan aproximadamente el 10% de los contribuyentes locales.
- Alícuota incrementada: para quienes superen los $5.750 millones de ingresos, un segmento que comprende alrededor del 1% de los contribuyentes locales.

Los parámetros contemplan los ingresos gravados, no gravados y exentos atribuibles al ejercicio 2026 por las actividades desarrolladas dentro y fuera de Mendoza. La aplicación de cada alícuota depende, además, del rubro de actividad y de otras condiciones previstas en la ley.
La iniciativa no presenta una nueva rebaja general de alícuotas para todas las actividades de Ingresos Brutos, sino que sostiene el esquema vigente de segmentación y las reducciones acumuladas desde 2017.
De acuerdo con los fundamentos oficiales, las rebajas aplicadas desde ese año representan un esfuerzo fiscal acumulado de $2,3 billones, equivalentes a unos US$1.487 millones. La recaudación actual es un 14% menor que la que habría correspondido si se hubieran mantenido las alícuotas de 2017.
Impuesto Inmobiliario: los tramos de avalúo subirán un 25%
Para el Impuesto Inmobiliario, el proyecto propone actualizar un 25% los tramos de avalúo fiscal utilizados para calcular el tributo, con el objetivo de mantener las alícuotas efectivas establecidas en la Ley Impositiva 2026.
El cálculo continuará basado en categorías de inmuebles urbanos, de interfaz, rurales y de secano. Cada categoría tiene una escala con un importe fijo y una alícuota que se aplica sobre el excedente del tramo correspondiente.

Por ejemplo, para los inmuebles urbanos e interurbanos, el proyecto establece un impuesto mínimo de $54.556. A partir de allí, el monto se determina según el avalúo fiscal y la escala correspondiente. En los inmuebles rurales y de secano también se aplican tramos diferenciados, con sus propios importes fijos y alícuotas.
La actualización del 25% considera la inflación proyectada para 2026 y la variación del tipo de cambio. Además, ATM continuará utilizando modelos de valuación masiva basados en información del mercado inmobiliario, a través del Observatorio de Valores Inmobiliarios de Mendoza.
El aumento del 25% corresponde a los tramos utilizados para calcular el impuesto, no a una suba uniforme del 25% en todas las boletas. El resultado final dependerá del avalúo que se determine para cada propiedad y de la escala en la que quede comprendida.

La ley impositiva 2027 propone actualizar un 25% los tramos de avalúo fiscal utilizados para calcular el impuesto Inmobiliario.
Impuesto Automotor: cómo se calculará en 2027
En el Impuesto Automotor, la Provincia propone mantener las alícuotas progresivas de la Ley Impositiva 2026, pero actualizar los rangos de valores utilizados para determinar el tributo.
El proyecto señala que esa actualización se realizará una vez que esté disponible el dato de inflación de diciembre de 2026 correspondiente a la categoría de adquisición de vehículos que releva el INDEC para la región de Cuyo.
Para los automóviles y rurales de modelos 2006 a 2027, la iniciativa mantiene una escala progresiva que va del 1,5% al 3%, según el valor imponible del vehículo. Los automotores de mayor valor quedan alcanzados por las alícuotas superiores.
En el caso de camiones, camionetas, pick-ups, jeeps y furgones de más de 4.000 kilogramos, se establece una alícuota del 0,3% sobre el valor asignado. Para otros grupos, como taxis, remises, colectivos y determinados vehículos especiales, se aplican las tablas correspondientes.

Por el momento, el proyecto no permite anticipar cuánto aumentará o disminuirá la patente de cada vehículo, porque los rangos de valuación se ajustarán cuando se conozca el indicador previsto. El cambio en el valor de referencia será determinante para establecer el monto definitivo.
La iniciativa también mantiene una reducción del 50% del impuesto para vehículos híbridos y eléctricos, siempre que no registren deuda vencida al 31 de diciembre de 2026.
Además, continúa el régimen de Pago Único Liberatorio para determinados vehículos, que permite cancelar el tributo de una sola vez y quedar eximido de pagar el Impuesto Automotor en los ejercicios fiscales siguientes. El proyecto incluye a los motovehículos de modelos 2006 a 2027 cuyo avalúo no supere los $10 millones, además de determinados automotores modelo 2006.
Descuentos de hasta el 35% para contribuyentes cumplidores
La Ley Impositiva 2027 mantiene los beneficios para quienes estén al día con el Impuesto Inmobiliario y el Automotor. El esquema contempla distintas bonificaciones que pueden acumularse bajo las condiciones establecidas en el proyecto. Los descuentos previstos son:
- 10% para quienes tengan cancelado el impuesto vencido al 31 de diciembre de 2026.
- 10% adicional para quienes hubieran tenido cancelado el impuesto vencido al 31 de diciembre de 2025.
- 5% para quienes paguen el total del impuesto anual dentro de los vencimientos establecidos.
- 10% adicional para quienes no registren deuda vencida al 31 de diciembre de 2026.
La combinación de los beneficios puede alcanzar una bonificación total del 35%, de acuerdo con las condiciones previstas para cada tributo.
El proyecto también contempla que los inmuebles destinados a servicios de alojamiento habilitados, con determinadas excepciones, puedan abonar el 50% del impuesto determinado para 2027 si no registran deuda vencida al cierre de 2026. Un beneficio similar se establece para inmuebles de mutuales, entidades profesionales, instituciones de bien público, fundaciones, asociaciones civiles, obras sociales y sindicatos que cumplan los requisitos fijados.
Qué planteó ATM sobre la recaudación y la morosidad
Durante la presentación, Donati afirmó que ATM está cumpliendo las metas de recaudación previstas para 2026 y estimó que incluso podría superarlas, de acuerdo con los datos acumulados hasta septiembre y las proyecciones para el último trimestre.
El funcionario también destacó la incorporación de herramientas tecnológicas y del Observatorio de Valores Inmobiliarios, que permite consultar información geográfica y estadística para mejorar la determinación de los valores fiscales de las propiedades.
En cuanto a la morosidad, durante la reunión se indicó que los niveles actuales se ubican en torno al 25% y el 30% al compararlos con los registros del año anterior, aunque también se mencionó un nivel cercano al 50% al considerar las obligaciones pendientes, los pagos en cuotas y los vencimientos todavía no cumplidos. ATM señaló que continúa trabajando en la recuperación de esa deuda.
Otro de los temas abordados fue la tributación de las plataformas digitales. Desde el organismo señalaron que Mendoza cuenta con herramientas de regulación y recaudación para las plataformas que operan en la provincia, aunque persisten dificultades de fiscalización, en particular con grandes compañías internacionales. La propuesta busca reforzar los mecanismos para que intermediarios y prestadores cumplan con sus obligaciones tributarias.
La iniciativa de Ley Impositiva 2027 deberá continuar ahora su tratamiento legislativo junto con los proyectos de Presupuesto y Avalúo, que definirán el marco económico y tributario de Mendoza para el próximo año.


