Francia exige a la ONU que expulse a la «relatora especial» sobre la Palestina ocupada por Israel
La diplomacia francesa reclama la demisión de la italiana Francesca Albanese, «experta
independiente» del Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre la palestina ocupada por
Israel desde 1967, debido a su intervención en un debate de la televisión catarí Al-Jazira, el 7 de
febrero pasado. Lo reclamó la diputada Caroline Yadan, diputada por «Renaissance», el partido
del presidente Emmanuel Macron, avalada por su ministro de exteriores, Jean-Noël Barrot. (1)
La diputada «se ofuscó por las declaraciones que presuntamente pronunciara Albanese,
designando a Israel como enemigo común de la humanidad» … aportando como prueba el
montaje de un video difundido por defensores de Israel en el cual la intervención de la experta
mandatada por la ONU habría sido «tronqué», expresión francesa que significaría «separada de
contexto y tomada en un sentido diferente», según el diccionario francés «Larousse». (2)
El ministro Barrot alegó que la condenación de Albanese se debió a «una larga lista de tomas de
posición escandalosas, justificando el 7 de octubre, la peor masacre antisemita de la historia
después de la Shoa… comparando Israel con el Tercer Reich». Albanese refutó esas acusaciones,
deplorando una manipulación continua de su palabra: «jamas justifiqué el 7 de octubre» del 2023 por Hamas,
alarmándose que «en lugar de frenar a Israel, la mayor parte del mundo la haya armado,
formulando justificaciones políticas, dándole protección, apoyo económico y financiero». (4)
La experta mandatada por la ONU evocó que el derecho internacional fue «apuñalado en pleno
corazón. Nosotros que no controlamos importantes cantidades de capital financiero, algoritmos y
armas, vemos en tanto que humanidad un enemigo común, y las libertades, el respeto de
libertades fundamentales, constituyen el último instrumento pacífico que disponemos para
reconquistar nuestra libertad». Había declarado anteriormente que «las víctimas del 7 de octubre
no fueron asesinadas a causa de su judaísmo, sino en relación de la opresión de Israel. Francia y
la comunidad internacional no hicieron nada para impedirlo. Mis respetos a las víctimas». (5)
El ministro Barrot prometió que el 23 de febrero venidero, al iniciarse las deliberaciones anuales
del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra, exigirá la demisión de Albanese,
calificándola de «militante política», cuyas declaraciones son «insultantes y culpables». Si esa
amenaza se confirmara, pondría tal vez en marcha el primer caso en que un experto mandatado
por la ONU, sería desposeído de su cargo, procedimiento susceptible de desencadenar un
debate publico de los 47 Estados miembros que lo componen, y quizá una votación. (6)
Conviene recordar que el Consejo de Derechos Humanos de la ONU que funciona en Ginebra lo
componen 47 Estados Miembros, según una repartición pactada por consenso en la Asamblea
General en Nueva York, de 13 escaños para Africa, 13 para Asia y el Pacifico, 6 para Europa
Oriental, 8 para América Latina y el Caribe, y 7 para Europa Occidental. Un tercio son renovados
anualmente. Este año lo preside Sidharto Reza Suryodipuro, diplomático de Indonesia.
El Consejo cuenta bajo su control 44 relatores especiales, de los cuales 33 son temáticos,
(cambio climático, formas contemporáneas de esclavitud, derecho a la vivienda adecuada,
detención arbitraria, etc.) y 11 más sobre situaciones específicas «de país», como Rusia, Iran,
territorios palestinos ocupados por Israel desde 1967, etc. Esos relatores no son funcionarios de
la ONU, actúan según su conciencia, no cobran sueldo, solo viáticos par sus misiones y rinden un
informe anual de sus mandatos en Ginebra, seguido de un debate en el seno del Consejo.
Por otra parte, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU dispone de un «Código de Conducta
para los titulares de mandatos de los procedimientos especiales», según una resolución adoptada
sin votación, el 18 de junio de 2007, que garantiza «la universalidad, objetividad, y no selectividad
en el examen de las cuestiones de derechos humanos y de eliminar la aplicación de un doble
rasero y la politización, …en base a la cooperación y el dialogo genuino», contando ademas con
un «Manual», para las misiones de los expertos, aprobado en 1999, actualmente en vigor. (7
La labor del Consejo tendría que «estar guiada por los principios de imparcialidad, objetividad,
dialogo internacional constructivo y cooperación a fin de impulsar la promoción y protección de
todos los derechos humanos, es decir, los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y
culturales, incluido el derecho al desarrollo». Sus métodos de trabajo deberían ser «transparentes,
justos e imparciales, y permitir debates ulteriores de seguimiento de las recomendaciones y su
cumplimiento, en interacción sustantiva con procedimientos y mecanismos especiales». (8)
Los mandatos de los Estados para integrar el Consejo de los Derechos Humanos de la ONU son
por 3 años, renovables una vez, debiendo luego dejar pasar un año, antes de emprender una
nueva postulación por otros 3 años renovables. Los mandatos de los relatores o expertos, son
también de 3 años, pero renovables una sola vez. Francesa Albanese acaba de cumplir un primer
mandato de 3 años como experta de los territorios palestinos ocupados por Israel desde 1967, y
viene de comenzar un segundo mandato de 3 años al frente de esa misma la Relatoría. (9)
El 1 de abril de 2025, el Presidente, y las oficinas de información y coordinación del Consejo
examinaron varias querellas contra Francesca Albanese. Luego del análisis de esas acusaciones,
todas fueron rechazadas. Los indicios que han trascendido traslucen una tendencia creciente de
ataques públicos contra titulares de mandatos, y de una voluntad de no cooperación de ciertos
Estados con el sistema de la ONU, garante de las libertades publicas y los derechos individuales.
Desde Ginebra, Juan Gasparini.
(1,2,3,4,5,6) «Le Monde», Paris, 13 de febrero de 2026 y «Le Figaro», Paris, 7/8 de febrero de
- (7,8,9), «Código de Conducta para los titulares de mandatos de los procedimientos
especiales del Consejo de Derechos Humanos, Ginebra, 18 de junio de 2007, y un Anexo de 15
artículos. Entre ellos se destacan una «declaración solemne» al asumir funciones, «principios de
conducta generales», «condición de los titulares de mandatos», «declaración solemne»,
«prerrogativas», «fuentes de información», «llamamientos urgentes», y «responsabilidad ante el
Consejo de Derechos Humanos de la ONU».

