Ley Hojarasca: punto por punto, las normas que quiere derogar el Gobierno nacional
El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, dio a conocer el proyecto que busca eliminar 70 leyes que quedaron obsoletas o que limitan la libertad de los ciudadanos
Este lunes, el Gobierno nacional, a través del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, presentó en el Congreso de la Nación el proyecto de Ley Hojarasca, cuyo objetivo es derogar un conjunto de leyes obsoletas y restrictivas aprobadas durante gobiernos militares y presidencias constitucionales del siglo XX. La iniciativa, que apunta a eliminar cerca de 70 normativas, busca «remover obstáculos que limitan las libertades individuales y afectan el desarrollo del país», según lo expresado por el ministro.
Entre las leyes que se proponen derogar, el funcionario nacional destacó una normativa del gobierno de Juan Domingo Perón que imponía penas de prisión para aquellos argentinos que defendieran los derechos humanos en foros internacionales. El ministro consideró esta ley como un claro atentado contra la libertad de expresión y la defensa de los derechos civiles.
Otra de las normativas que el proyecto pretende eliminar es la ley 18.312, sancionada durante el gobierno militar de Juan Carlos Onganía. Esta ley limitaba la libertad de expresión mediante el control estatal sobre la disponibilidad de papel para los medios de comunicación impresos. Según Sturzenegger, este tipo de regulación era una forma de censura encubierta.
Asimismo, el proyecto de Ley Hojarasca también incluye la derogación de la ley 19.787 del gobierno de Alejandro Lanusse, que obligaba a los medios a difundir determinados tipos de música, seleccionados por el Estado, lo que representaba una interferencia directa en la libertad de elección cultural y artística.
Otra de las leyes mencionadas por el ministro es la ley 20.120, también de la gestión de Lanusse, que obligaba a los organizadores de reuniones en lugares cerrados a notificar previamente a las autoridades y permitía a la policía ingresar a dichas reuniones. Sturzenegger señaló que esta norma violaba claramente el derecho a la libertad de reunión y la privacidad de los ciudadanos.
El proyecto también apunta a eliminar privilegios para funcionarios públicos. En este sentido, se busca derogar la ley 20.959 del gobierno de Isabel Perón, que otorgaba a los legisladores la facultad de circular libremente y estacionar sin restricciones. Sturzenegger calificó esta ley como un ejemplo de los privilegios inadmisibles que deben ser eliminados en una democracia.
Por último, la Ley Hojarasca incluye la eliminación de la ley 20.983, aprobada en 1975, que obligaba a los medios de comunicación radiales y televisivos a dedicar al menos 60 minutos diarios a la promoción de temas turísticos de interés nacional. Sturzenegger argumentó que este tipo de imposiciones no tienen lugar en una sociedad que valora la libertad de expresión y la diversidad de contenidos.
Una por una las leyes que busca derogar el Gobierno nacional
Leyes que limitan la libertad individual y que restringen el derecho de propiedad que proponemos derogar.
- Ley N° 14.034 (1951). Impone pena de prisión para los argentinos que defiendan, en ámbitos internacionales, los derechos humanos en el país (buscaba acallar las críticas).
- Ley N° 18.312 (1969). Por esta ley del gobierno de facto de Onganía el Estado intentaba limitar la libertad de expresión al controlar la disponibilidad de papel de diario.
- Ley N° 19.787 (1972). Esta ley de Lanusse obliga a la difusión de ciertos tipos de música que el Estado consideraba se debía escuchar, lo cual es un ataque directo a la libertad de expresión.
- Ley N° 20.120 (1973). También de Lanusse, obliga a los organizadores de reuniones públicas en lugares cerrados a dar previo aviso, y autoriza a la policía a ingresar a los mismos. Representa una violación flagrante de la libertad personal.
- Ley N° 20.802 (1974). Con la excusa de otorgar beneficios inexistentes esta ley posibilitaba a las fuerzas policiales detener para “averiguación de antecedentes” a quienes no hubieran tramitado un supuesto carné de mochilero, afectando la libertad de circulación.
- Ley N° 20.959 (1975). Otorga a senadores y diputados de la Nación libre circulación y libre estacionamiento. Hay pocos ejemplos de privilegio tan claros como el que deja en evidencia esta norma, inaceptable en una sociedad democrática.
- Ley N° 20.983 (1975). Los medios de difusión radial y televisiva quedaban obligados a destinar un mínimo de 60 minutos diarios a temas de interés turístico nacional. Esta norma no se aplica desde hace años.
- Ley N° 22.875 (1983). Dictada en las postrimerías del último gobierno de facto, permite al Estado exigir la relocalización de actividades productivas. Es una injerencia excesiva en el ejercicio de la propiedad privada por lo que se propone su derogación.
- Ley N° 22.964 (1983). Esta ley, sancionada durante el último régimen militar permite la internación forzosa de enfermos de lepra. Esta norma, de corte netamente medieval, no solo estigmatiza a quienes padecen una enfermedad, sino que viola en forma flagrante los derechos reconocidos por la Constitución Nacional.
Leyes superadas o mejoradas por leyes posteriores que proponemos derogar.
- Ley N° 94 (1864). Inhabilita por 10 años a la autoridad que haga azotar a una persona. ¿Qué?
- Ley N° 3.863 (1899). Otorga a las compañías de seguro beneficios impositivos que hacían sentido en el siglo XIX. Actualmente carece de sustento normativo.
- Ley N° 16.789 (1965). El compre Nacional ya fue derogado por el DNU 70/23, por lo que esta ley ya está derogada de facto.
- Ley N° 17.557 (1967). Versa sobre la instalación de equipos de rayos X (en los 60 los niveles de seguridad de los equipos eran menores). Hoy la instalación de equipos médicos cuenta con procedimientos más modernos estipulados en la ley N° 26.906.
- Ley N° 20.400 (1973). Es un antecedente superado plenamente por la Ley de Trata 26.364, por lo cual en la actualidad no tiene aplicación.
- Ley N° 20.843 (1974). Instaura la (medieval) figura de “Padrinazgo Presidencial” que no tiene lugar en una democracia moderna.
- Ley N° 21.778 (1977). Faculta a las empresas estatales a convocar licitaciones para la explotación de hidrocarburos. Esta ley devino obsoleta por la transferencia de los recursos petroleros a las provincias.
- Ley N° 22.109 (1979). Esta norma sobre la vacunación de la viruela ha sido superada por la Ley N° 27.491 que establece el plan integral de vacunación y los mecanismos para lidiar con las enfermedades infectocontagiosas de manera integral.
- Ley N° 23.678 (1989). Determina fórmulas para liquidar las regalías petroleras. Norma que dejó de aplicarse, ya que fue perfeccionada por legislación posterior.
- Ley N° 24.675 (1996). Refiere a la actuación de los Auxiliares de la Justicia ante la Justicia Nacional. Fue declarada inválida por la Corte Suprema mediante la Acordada N° 60/96.
Leyes obsoletas o sin efecto actual por el avance de la tecnología.
- Ley N° 448 (1870). En el mundo de las energías renovables seguimos premiando a quien descubra una mina de carbón.
- Ley N° 3.235 (1895). Es una ley sobre adquisición de armamento completamente obsoleta.
- Ley N° 16.879 (1965). Concede una exención de impuestos en licitaciones internacionales para ciertos proyectos eléctricos. No ha tenido uso práctico.
- Ley N° 18.569 (1970). Ley N° 20.114 (1973) y Ley N° 23.756 (1989). Implanta el uso del procedimiento de microfilmación para todo tipo de documentación en Ejército, la Armada y el Ejecutivo. Obsoleto.
- Ley N° 19.648 (1972). Declara de interés nacional la prospección, exploración, el desarrollo minero y la explotación de carbón mineral. Hoy, lejos de ser de interés nacional, lo que se busca es “descarbonizar” la economía.
- Ley N° 20.577 (1973). Considera de interés nacional toda innovación que pueda efectuarse en materia de sistemas de transmisión de imágenes televisivas. Obliga a una aprobación previa. Afortunadamente, esta ley no ha sido aplicada.
- Ley N° 21.895 (1978). Autoriza las emisiones de televisión en color. Ok….
- Ley N° 23.888 (1990). Encomienda a realizar un Censo Técnico Permanente de Infraestructura que nunca se realizó.
Leyes cuya derogación implica la eliminación de estructuras burocráticas y trámites inútiles.
- Ley N° 14.041. Autoriza al Poder Ejecutivo a proceder a la formación de un acopio que ha dejado de tener operatividad.
- Ley N° 14.800 (1959). Obliga a quien demuela un teatro a construir en el mismo predio otro con características similares. Parece razonable para proteger la actividad, ¿no? Pero el problema es que reduce los incentivos para instalar nuevos teatros. Al pulverizar el valor de una propiedad dedicada a una sala teatral hace mucho menos atractivo construir teatros nuevos. En el largo plazo se castiga aquello que se buscaba proteger.
- Ley N° 17.752 (1968). Promueve la construcción de hoteles para turismo internacional. Es una ley que desde 1978 no tiene aplicación.
- Ley N° 19.340 (1971). Esta ley obliga a los propietarios que interrumpen una construcción a reportar dicha interrupción. Trámite inútil e innecesario.
- Ley N° 19.363 (1971). Establece un sorteo del INCAA entre asistentes al cine del que participa solo el 0,1 % de los espectadores. Los costos de organizar el sorteo, por burocracia, trámites, registros y escribanos, son superiores al premio que se sortea.
- Ley N° 20.308 (1973). Crea el Fondo Naval Fomento Actividades Náuticas con fondos de la propia Armada Argentina. Se desconoce su relevancia ya que es un fondo de la armada para la armada.
- Ley N° 20.496 (1973). Esta ley declara de interés nacional la promoción del uso de fertilizantes. El uso de fertilizantes está reglamentado por la Ley N° 20.466 que define el marco en el cual se producen, fraccionan y comercializan, haciendo esta ley obsoleta.
- Ley N° 20.876 (1974). Declara de interés nacional a la apicultura. Es meramente declarativa y por ende carente de sentido práctico.
- Ley N° 21.056 (1975). Fuerza a las compañías de medios de transporte de media y larga distancia a exhibir material promocional del turismo como si las imposiciones del Estado, por más buenas intenciones que albergaran, no tuvieran costo para los privados.
- Ley N° 21.145 (1975). Otorga un privilegio a los artistas de compañías teatrales para viajar y usar servicios estatales a precio reducido. La reducción de la oferta estatal en transporte y alojamiento ha hecho este subsidio virtualmente inexistente, por lo que no se encuentra registro actual de su uso.
- Ley N° 21.159 (1975). Crea un curso de formación turística destinado al personal de la Administración Pública Nacional. Esta ley no se aplica desde hace más de una década.
- Ley N° 22.426 (1981). Esta ley obliga a que toda transferencia de tecnología o marcas sean aprobadas por el Estado. Esta ley constituye una violación a la libertad de contratar y comerciar establecida en la Constitución Nacional.
- Ley N° 22.963 (1983). Esta ley de Bignone obliga a tener autorización estatal para el uso de mapas de Argentina para cualquier fin. Así, un productor de vinos no puede incluir un esquema del mapa de Argentina en su etiqueta sin autorización estatal. Tal reglamentación resulta excesiva por su injerencia en la libertad de expresión y de comercio, es injustificada y –además- genera costos para el productor y el Estado.
- Ley N° 23.419 (1986). Dispone que las empresas públicas informen descubrimientos de petróleo. Resulta redundante que se le pida al Estado que se informe a sí mismo.
- Ley N° 23.634 (1988). Crea la Comisión Nacional de Cunicultura, un ente burocrático conformado por representantes del Estado Nacional y algunas provincias. La actividad es actividad libre y puede desarrollarse sin la necesidad de sobrecargar las arcas públicas con costos y burocracia inútil.
- Ley N° 24.057 (1992). Esta ley, supuestamente se dictó para favorecer la constitución de asociaciones civiles cuyo objeto sea apoyar soluciones del hábitat, pero carece de efectos prácticos y de hecho nunca fue reglamentada.
- Ley N° 24.127 (1992). Instituye un “Premio Nacional a la calidad” en el sector privado y en la administración pública. La realización del mismo implica un importante gasto para el Estado sin tener registro de utilidad alguna.
- Ley N° 24.298 (1994). Crea el Programa Nacional para la Vinculación con la Comunidad Argentina en el Exterior. Ley sin efecto práctico y superpuesto con las competencias del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
- Ley N° 24.960 (1998). Instituye el premio «Prevención de las Adicciones», que no solo no se otorga sino que está incluida en las competencias de los organismos competentes.
- Ley N° 25.750 (2003). Esta ley establece que la propiedad de los medios de comunicación deberá ser de empresas nacionales, limitándose la participación de empresas extranjeras hasta un máximo del 30% del capital accionario. Esta norma es de dudosa constitucionalidad y afecta el derecho de propiedad.
- Ley N° 26.227 (2007). Crea el Consejo Federal de la Juventud con la misión de colaborar con el diseño de las políticas de juventud. El Estado puede lograr estos objetivos sin la necesidad de una estructura burocrática que utiliza fondos de los contribuyentes en la realización de tareas superpuestas con las de la Administración.
- Ley N° 26.688 (2011). Declara de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos. Una ley sin consecuencias prácticas.
- Ley N° 27.171 (2015). Establece que la Federación Colombófila Argentina debe constatar el año de nacimiento y la matrícula de las palomas mensajeras de carrera que determine su pertenencia al Registro Nacional de Desarrollo y Potencial Colombófilo. Constituye una sobrerregulación innecesaria de una actividad privada.
Normas que remiten a procesos inexistentes o a organismos disueltos.
- Ley N° 11.245 (1923). Fija las tarifas a percibir por la Oficina Química del Departamento Nacional de Higiene, organismo que en la actualidad no existe.
- Ley N° 11.380 (1926). Autoriza al Banco de la Nación Argentina a dar préstamos a entidades que hoy no tienen sustento normativo.
- Ley N° 12.307 (1936). Establece premios a la pintura y literatura por institutos que no existen en la actualidad. Hoy son competentes en esa materia la Secretaría de Cultura y el Fondo Nacional de las Artes.
- Ley N° 13.521 (1949). Exceptúa del pago del impuestos a las gestiones necesarias para obtener excepciones al servicio militar que fue derogado.
- Ley N° 14.578 (1958). Crea el Fondo Especial de Obras y Servicios Públicos con recursos que ya no tiene, por lo que hoy no tiene financiamiento.
- Ley N° 17.584 (1967). Crea el Fondo Nacional Permanente para Estudios de Pre-inversión, que hace años dejó de existir.
- Ley N° 20.085 (1973). Instituye el sistema «Complejo Portuario de Ultramar en Aguas Profundas». El proyecto nunca superó la etapa de los estudios de pre-factibilidad, a pesar del tiempo transcurrido desde la sanción de la norma.
- Ley N° 20.299 (1973). Determina la cobertura (a traves de una prima de seguros) por parte del Estado Nacional de riesgos políticos en el comercio exterior. La norma hace años no tiene aplicación, si es que alguna vez lo tuvo.
- Ley N° 20.327 (1973). Establece a “Ediciones Culturales Argentinas” que editó algunos libros durante el último régimen militar. El Estado no debe participar del negocio editorial.
- Ley N° 20.543 (1973). Esta ley establece que arrendatarios y aparceros obtendrían créditos y otros beneficios. Hace tiempo que estos beneficios no están disponibles, ni siquiera en bancos oficiales.
- Ley N° 20.956 (1975). Determina la confección de un plan de aprovechamiento energético de las mareas en el litoral marítimo del país. Transcurrió tanto tiempo que ni siquiera existe la empresa a la que se le asignó su implementación.
- Ley N° 23.671 (1989). Crea un Comité para seguimiento de ciertos créditos otorgados por España. No hay necesidad de financiar con fondos de los contribuyentes un comité que duplica y superpone atribuciones gubernamentales.
- Ley N° 24.731 (1996). Establece que se elaboraría y publicaría un informe anual de tecnología industrial. La norma ha dejado de ser operativa.
- Decreto Ley N° 12.795/44. Impone obligaciones a la inexistente Comisión Nacional de Granos y Elevadores.
- Decreto N° 1.262/03. Crea la Unidad de Reestructuración del Sistema Financiero. Este organismo, creado luego de la crisis del año 2002, ha dejado de existir.
Leyes sobre organismos financiados con fondos públicos nacionales que deberían autofinanciarse.
- Ley N° 20.984 (1975). Crea el Círculo de Legisladores de la Nación Argentina del que proponemos eliminar el financiamiento por parte del Estado Nacional. Los legisladores que quieran participar y aportar para dicho Círculo podrán seguir haciéndolo de manera voluntaria, con sus propios fondos.
- Ley N° 24.807 (1997). Esta ley crea la Federación Argentina de Municipios. Se propone su modificación para que el financiamiento de dicha Federación no provenga de las arcas del Tesoro sino de los municipios que quieran participar del mismo.